¿EN COSTA RICA SE PUEDE SER CONDENADO SIN PRUEBAS?

Si, en Costa Rica hay un abuso con el principio de la libre valoración de la prueba “la libre apreciación conforme a las reglas de la sana crítica racional” por parte de los jueces en materia penal y violentando el principio universal Indubio Pro Reo por la ausencia de incredibilidad subjetiva derivada de las relaciones entre el imputado y el ofendido que permitieran deducir móviles de resentimiento, enemistad o venganza. Generalmente el testimonio del ofendido primeramente en delitos sexuales y luego el resto de delitos comunes la valoración de la declaración de la víctima como única prueba de cargo puede arribar perfectamente a una condenatoria.
La carga de la prueba al imputado
Debido al eficientísimo Penal de Costa Rica la carga de la prueba y la exclusión de responsabilidad, en muchas ocasiones, le corresponde al imputado, con corroboraciones directas o periféricas de carácter objetivo obrantes en el proceso; lo que significa que el propio hecho de la existencia del delito esté apoyado en algún dato añadido no solamente por la declaración del imputado.
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