Delito Rufianería
Codigo Penal Rufianería Artículo 171.- Será sancionado con pena de prisión de dos a ocho años, quien, coactivamente, se haga mantener, aunque sea en forma parcial, por una persona que ejerza la prostitución, explotando las ganancias provenientes de esa actividad. La pena será: 1) Prisión de cuatro a diez años, si […]
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