Prescripción de la Pena Costa Rica
Código Penal Prescripción de la pena. Artículo 84.-La pena prescribe: 1) En un tiempo igual al de la condena, más un tercio, sin que pueda exceder de veinticinco años ni bajar de tres, si fuere prisión, extrañamiento o interdicción de derechos; 2) En tres años, tratándose de días multa impuesta como consecuencia de los […]
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