Penalidad del delito continuado Costa Rica
Penalidad del delito continuado Nuestro Código Penal, en el artículo 77, establece que: Cuando los delitos en concurso fueren de la misma especie y afecten bienes jurídicos patrimoniales, siempre que el agente persiga una misma finalidad, se aplicará la pena prevista para el más grave, aumentada hasta en otro tanto. Esta figura se introduce, como […]
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