Tenencia de material pornográfico
Código Penal Artículo 173 bis- Tenencia de material pornográfico. Será sancionado con pena de prisión de dos a cinco años, quien posea material pornográfico en el que aparezca una persona menor de edad o incapaz. Igual pena se impondrá a quien posea material pornográfico infantil en un almacenamiento local o remoto de cualquier dispositivo […]
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