Prescripción de deudas Costa Rica
En Costa Rica, la prescripción de deudas se refiere al período de tiempo después del cual un acreedor ya no puede legalmente exigir el cumplimiento de una obligación de pago por parte del deudor. Esto significa que, una vez que ha transcurrido el plazo de prescripción, el deudor puede invocar la prescripción como defensa si el acreedor intenta cobrar la deuda judicialmente.
Plazos de Prescripción según el Tipo de Deuda:
Deudas Comerciales:
Plazo de prescripción: 4 años.
Descripción: Este plazo aplica para deudas originadas en actividades comerciales, como facturas no pagadas, préstamos comerciales, o deudas entre empresas. El plazo empieza a contarse desde la fecha en que la deuda se hizo exigible.
Deudas Civiles:
Plazo de prescripción: 10 años.
Descripción: Aplica para deudas personales, como préstamos entre particulares, o deudas resultantes de acuerdos no comerciales. El plazo se cuenta a partir de la fecha en que la obligación de pago es exigible.