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Monitorio Arrendaticio Costa Rica

 

La legislación procesal civil actual en Costa Rica, pone a disposición de los arrendadores diferentes procesos o “herramientas” con la cuales pueden acudir a instancias judiciales con el objetivo de hacer valer sus derechos, los 2 procesos contemplados en el Código Procesal Civil son el monitorio arrendaticio, el cual se encuentra regulado a partir del artículo 112, y el sumario de desahucio, regulado a partir del artículo 104.

Mediante el proceso monitorio arrendaticio se tramitará el desahucio originado en una relación de arrendamiento civil o comercial, si se funda en la causal de expiración del plazo o la resolución por incumplimiento del arrendatario, únicamente cuando se invoque la falta de pago del precio del arrendamiento, una vez que el juez tenga en sus manos el proceso y verifique que cumple con los requisitos establecidos, emitirá una resolución que ordenará el inmediato desalojo del inmueble arrendado

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2 thoughts on “Monitorio Arrendaticio Costa Rica

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