Corrupción de Menores Costa Rica
Código Penal
Corrupción
Artículo 167.- Corrupción
Será sancionado con pena de prisión de tres a ocho años quien mantenga o promueva la corrupción de una persona menor de edad o incapaz, con fines eróticos, pornográficos u obscenos, en exhibiciones o espectáculos públicos o privados, aunque la persona menor de edad o incapaz lo consienta.
La pena será de cuatro a diez años de prisión, si el actor, utilizando las redes sociales o cualquier otro medio informático o telemático, u otro medio de comunicación, busca encuentros de carácter sexual para sí, para otro o para grupos, con una persona menor de edad o incapaz; utiliza a estas personas para promover la corrupción o las obliga a realizar actos sexuales perversos, prematuros o excesivos, aunque la víctima consienta participar en ellos o verlos ejecutar.
Muchas gracias. ?Como puedo iniciar sesion?
Food and Drug Administration approved caplacizumab yhdp Cablivi injection, the first therapy specifically indicated, in combination with plasma exchange and immunosuppressive therapy, for the treatment of adult patients with acquired thrombotic thrombocytopenic purpura aTTP, a priligy review youtube